Normativa para la autorización de segundas carreras

Esta Normativa tiene un ámbito de acción referida únicamente a los tipos de cursos ofrecidos, así: – Regulares Cursos Diario (Matutino, Vespertino y Nocturno) Sabatino: (Profesionalización y Por Encuentro)

1- Las solicitudes se recibirán antes del 05 de diciembre del año en curso, en la Secretaría General de la Universidad. Las respuestas serán dadas a conocer en la última semana de enero del año lectivo siguiente. Los solicitantes deberán ser graduados universitarios con al menos un año de haber obtenido el Título (Técnico Superior, Profesor de Educación Media Licenciatura o su equivalente).

2- En total, se autorizarán como máximo cinco cupos por carrera, por turno y modalidad. La aprobación de solicitudes no implicará la apertura de nuevos grupos de clase.

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¡A la libertad por la universidad!

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